El Ayuntamiento de Redován abre una oficina de información y tramitación de ayudas a afectados/as por las inundaciones

  • El Consitorio atenderá durante dos semanas en horario de tarde, de 16.30 a 19.30 horas, a las personas que pidan cita previa en el 96 675 40 25

El Ayuntamiento de Redován abre a partir de mañana, martes 24 de septiembre, una oficina de información y tramitación de ayudas a afectados/as por las inundaciones que funcionará en horario de tarde, de 16.30 a 19.30 horas, durante las próximas dos semanas. El portavoz del equipo de gobierno y concejal de Emergencias, Adrián Ballester, y la alcaldesa, Nely Ruiz, han anunciado hoy la puesta en marcha de unas instalaciones que estarán atendidas por ocho funcionarios municipales y que atenderán a las personas que previamente pidan cita llamando al Ayuntamiento, al 96 675 40 25.

Ballester ha explicado los tres tipos de ayudas a las que pueden recurrir quienes hayan sufrido algún tipo de daño en sus propiedades. Por un lado las del Consorcio de Compensación de Seguros, que cubre a aquellas personas y bienes (viviendas y vehículos) que tienen un seguro. En segundo lugar están las ayudas aprobadas el pasado viernes por la Generalitat Valenciana, la más urgente la de las convocatorias, que afecta a los daños de primera necesidad en viviendas y que debe tramitarse antes del 11 de octubre. En este caso “podrán obtenerse hasta 4.500 euros, si bien en cuanto se tramite, la Generalitat da de forma directa 1.500 euros”, ha indicado Adrián Ballester. El edil ha comentado que para solicitarlas deben aportarse los datos de la vivienda, un número de cuenta con algún recibo que demuestre que se es el titular, así como la documentación que acredite la propiedad (escritura, IBI, nota simple de registro, etc.), o el contrato en el caso de alquiler.

“De momento se puede tramitar esta ayuda para bienes de primera necesidad, aunque todavía no pueden solicitarse para vehículos, pero iremos informando de cómo solicitarlas una vez estén, habilitando así mismo otra línea para personas que han perdido toda su vivienda, a las que informaremos personalmente”, ha asegurado. Ballester también ha precisado que en tercer lugar están las ayudas del Estado, habilitadas después de que el Consejo de Ministros declarase la zona catastrófica. “En este sentido también se pueden pedir ya, a través de la página web de Protección Civil, las ayudas para vivienda y compra de muebles”. En su caso hay dos meses que empezaron a contar el pasado sábado para solicitarlas.

Desde el Ayuntamiento de Redován se pretende simplificar al máximo los trámites para los vecinos y vecinas del municipio, “y por eso hemos puesto en marcha esta atención personalizada con cita previa”, ha dicho la alcaldesa, quien ha apremiado a las personas afectadas a que soliciten esta atención si la necesitan “porque, sobre todo en la de daños de primera necesidad de las viviendas, es de tramitación urgente y el plazo acaba el 11 de octubre”.

INFORMACIÓN IMPORTANTE DAMNIFICADOS POR RIADAS

AYUDAS PARA LOS DAMNIFICADOS POR LA RIADA DE SEPTIEMBRE DE 2019 EN LA VEGA BAJA:

Pincha aquí para descargar la ficha resumen de ayudas, con fecha de actualización del martes 23/10/2019

CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS (consorcio-seguros)

Objeto Indemnización por daños producidos a personas o bienes, que previamente están asegurados.
Descripción Daños a personas: deberán tener concertada una póliza de seguro que cubra el riesgo de accidentes o una póliza de vida.
Daños a automóviles: daños tanto del propio vehículo o daños a terceros por responsabilidad civil.
Daños a bienes (viviendas, locales, naves industriales, etc.): daños por incendio, robo, rotura de cristales, multirriesgo, industria, etc. Daños por pérdida de habitabilidad y desalojo forzoso así como la pérdida de beneficios de negocio o actividad mercantil afectada (en el caso de estar asegurado).  El Consorcio tras recibir la información envía un perito para tramitar la documentación.
Plazo No hay plazo de presentación.
Documentación 1. Número de póliza del seguro.
2. Número de cuenta bancaria donde recibir la indemnización.
3. Fotografías de los daños ocasionados.
4. Presupuestos de las reparaciones.
Forma de presentación Llamando al 900 222 665 o 952 367 042 (L-V de 9 a 18h y S-D de 9 a 15h).
En la web www.consorseguros.es con firma digital.

 

GENERALITAT VALENCIANA: A ayudas urgentes para paliar los daños producidos en viviendas de los municipios afectados (Decreto 236/2019)

Objeto Concesión directa de ayudas a las personas físicas y jurídicas propietarias de viviendas ubicadas en alguno de los municipios que se relacionan en el anexo I, para paliar
los siguientes daños:
a) Daños por destrucción total de la vivienda, distinguiendo entre vivienda habitual y no habitual.
b) Daños que afecten a la estructura de la vivienda, distinguiendo entre vivienda habitual y no habitual.
c) Daños que no afecten a la estructura de la vivienda, distinguiendo entre vivienda habitual y no habitual.
Importe de las ayudas 1. Las ayudas que se aprueban en este decreto se destinarán a cubrir los daños en los términos que a continuación se relacionan, previa verificación de que los mismos no están cubiertos por el sistema general de seguros de acuerdo con los siguientes conceptos e importes máximos:
a) Por destrucción total de la vivienda, hasta el 100 % de los daños valorados, no pudiendo superar 15.120 euros, si es vivienda habitual, y 12.118 euros, si es vivienda no habitual.
b) Por daños que afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 10.320 euros, si es vivienda habitual, y 8.974 euros, si es vivienda no habitual.
c) Por daños que no afecten a las estructuras de la vivienda, hasta el 50 % de los daños valorados, no pudiendo superar 5.160 euros, si es vivienda habitual, y 4.062 euros, si es vivienda no habitual.
2. Por vivienda habitual se entenderá exclusivamente la que constituye el domicilio de residencia efectiva, continuada y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
3. En todos los casos deberá constar en el expediente la titularidad de las viviendas objeto de las ayudas, así como deberá acreditarse la legalidad de las actuaciones que se subvencionen en el marco de este decreto.
4. Las ayudas deberán ir destinadas exclusivamente a actuaciones de reparación de los daños en las viviendas de acuerdo con las valoraciones practicadas de oficio, así como a actuaciones de demolición en su caso, sin que puedan destinarse a otro fin distinto de los supuestos antedichos.
5. Las ayudas concedidas tienen carácter complementario y son compatibles en concurrencia con otras subvenciones, indemnizaciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes
del sistema general de seguros, cualesquiera sistemas públicos o privados, nacionales o internacionales, o de otras administraciones públicas, hasta el límite del valor del daño no cubierto por dichos sistemas
Plazo Hasta el 9 de diciembre de 2019.
Documentación 2.1. Documentación acreditativa de la titularidad del derecho de propiedad sobre la vivienda. Además, en el supuesto de vivienda habitual, deberá aportarse documentación acreditativa de dicha condición.
2.2. Declaración responsable o solicitud de licencia de obras, en su caso.
2.3 Declaración de conformidad con estas bases reguladoras, todo ello mediante la cumplimentación del modelo que se incluye en el anexo II de este decreto.
2.4. Modelo normalizado de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.
3. En aquellos supuestos en los que las personas solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, manifiesten su oposición a que la administración recabe electrónicamente la documentación necesaria para la tramitación del expediente, deberán aportar acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social además del NIF de la parte solicitante así como cualquier otra que resulte esencial para la instrucción y tramitación del procedimiento.
4. Toda la documentación a incorporar al expediente deberá ser original o copia compulsada.
Forma de presentación La documentación, debidamente cumplimentada y firmada, deberá presentarse en las oficinas de coordinación de la postemergencia habilitadas por la Generalitat (Orihuela,
edificio PROP) o, en su caso, en las oficinas habilitadas por los ayuntamientos, preferentemente en el de la localidad en la cual se ubica la vivienda.

 

GENERALITAT VALENCIANA: Ayudas urgentes para paliar los vehículos siniestrados producida por el temporal de lluvias (Decreto 237/2019)

Objeto Concesión directa de ayudas a las personas físicas con residencia habitual en alguno de los municipios que se relacionan en el anexo I, que adquieran un nuevo automóvil o motocicleta al haber sido declarados los de su propiedad «siniestro total», como consecuencia del temporal de lluvia, fenómenos costeros y viento ocurrido en la Comunitat Valenciana los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019. Estas ayudas irán destinadas a compensar la adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de automóviles y motocicletas con fecha de matriculación posterior al 1 de enero de 2014. Los vehículos susceptibles de ayudas deberán pertenecer a alguna de las categorías siguientes:
a) Turismos M1: vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
b) Motocicletas L3e, L4e, L5e: vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, con una velocidad de diseño superior a los 45 km/h.
Importe de las ayudas La cuantía individualizada ascenderá a:
a) 1.000 euros por la adquisición de automóvil tanto de primera matriculación como usado.
b) 200 euros por la adquisición de motocicleta de primera matriculación.
c) 100 euros por la adquisición de motocicleta usada.En caso de adquisición de automóviles eléctricos, híbridos e híbridos enchufables, la subvención se incrementará en 500 euros.
Plazo Hasta el 23 de enero de 2020.
Documentación 1. En el caso de automóviles o motocicletas de primera matriculación, la persona solicitante deberá aportar:
a) Documentación acreditativa de la residencia efectiva en alguno de los municipios que se relacionan en el anexo I.
b) Informe emitido por perito colaborador del Consorcio de Compensación de Seguros, en el que se contenga la declaración de «siniestro total» del automóvil o motocicleta de su propiedad como consecuencia del temporal de lluvia, fenómenos costeros y viento ocurrido en la Comunitat Valenciana los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019.
c) Permiso de circulación, tarjeta técnica del vehículo de nueva adquisición y factura de compraventa, donde deberá constar la matrícula o número de bastidor, marca, modelo y versión del vehículo adquirido.
d) Justificantes de pago del impuesto de circulación de vehículos de tracción mecánica y del de matriculación.
e) Certificado de destrucción del vehículo siniestrado, emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento.
f) Justificante de baja definitiva en el Registro de Vehículos la Dirección General de Tráfico del vehículo o motocicleta siniestrado. g) Declaración de conformidad con las presentes bases reguladoras y de encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social (anexo II). Salvo manifestación en contra, el órgano gestor podrá obtener directamente los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la administración y obligaciones frente a la seguridad social.
h) Modelo de domiciliación bancaria (anexo III) cumplimentado y firmado por la persona solicitante.2. En el caso de automóviles o motocicletas usados, la persona solicitante de la ayuda deberá aportar:
a) Documentación acreditativa de la residencia efectiva en alguno de los municipios que se relacionan en el anexo I.
b) Informe emitido por perito colaborador del Consorcio de Compensación de Seguros, en el que se contenga la declaración de «siniestro total» del automóvil o motocicleta de su propiedad como consecuencia del temporal de lluvia, fenómenos costeros y viento ocurrido en la Comunitat Valenciana los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019.
c) Tarjeta técnica del vehículo adquirido y contrato de compraventa. d) Justificante de pago por la persona compradora del Impuesto de circulación de vehículos de tracción mecánica.
e) Permiso de circulación emitido por la Dirección General de Tráfico, tras efectuar el cambio de titularidad.
f) Certificado de destrucción del automóvil o motocicleta siniestrado, emitido po un Centro Autorizado de Tratamiento.
g) Justificante de baja definitiva en el Registro de Vehículos la Dirección General de Tráfico del vehículo o motocicleta siniestrado. h) Declaración de conformidad con las presentes bases reguladoras y de encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social (anexo II). Salvo manifestación en contra, el órgano gestor podrá obtener directamente los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la administración y obligaciones frente a la seguridad social.
i) Modelo de domiciliación bancaria (anexo III) cumplimentado y firmado por la persona solicitante.
Forma de presentación En el ayuntamiento del término municipal donde se haya pagado el impuesto de circulación.

 

GENERALITAT VALENCIANA: Ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas ((Decreto 196/2019))

Objeto Ayuda directa para personas cuya vivienda ha sido afectada por el temporal de lluvia entre el 11 y el 14 de septiembre. El importe de las ayudas irá destinado a la indemnización o compensación por los daños ocasionados por el temporal en los enseres y bienes de primera necesidad de la vivienda.
Importe de las ayudas La cuantía de la ayuda individualizada ascenderá a un máximo de 4.500€ por vivienda, cuyo importe definitivo se determinará en función de los daños efectivamente sufridos por los bienes y enseres, y del cual se anticipará, por razones de emergencia, un total de 1.500€.
Plazo Hasta el 14 de octubre de 2019 (ya finalizado).
Documentación 1. Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
2. Anexo II Declaración responsable.
3. Anexo III Modelo de domiciliación bancaria con algún recibo que demuestre la titularidad de la cuenta bancaria o certificado de titularidad de la cuenta bancaria o un recibo domiciliado a nombre del titular de la cuenta).
4. Para demostrar la titularidad de la vivienda, alguno de estos documentos: Fotocopia de la escritura, una nota simple de la vivienda del registro de la propiedad, un recibo del IBI, certificado del catastro, contrato de alquiler o certificado de empadronamiento.
5.  Número de póliza del seguro de hogar en caso de estar asegurado.
6. Referencia catastral de la vivienda afectada.
Forma de presentación En el ayuntamiento del término municipal donde se ha producido los daños a la vivienda (principalmente, aunque se puede admitir). Tiene que ser un municipio incluido en el listado de municipios afectados (todos los de la Vega Baja están afectados).

Ayudas urgentes al alquiler de vivienda a las personas y unidades de convivencia (Decreto 201/2019)

Objeto Ayudas para alquiler de vivienda a personas y unidades de convivencia cuya vivienda habitual y permanente se encuentre en alguna de las zonas de los municipios afectados. También que dicha vivienda haya sido destruida totalmente, haya sufrido daños que afecten a la estructura de modo que no se garantice la seguridad de los habitantes de la vivienda, o haya sufrido daños que impidan el normal desarrollo de las actividades domésticas ordinarias con unas mínimas condiciones de habitabilidad. Por vivienda habitual se entenderá exclusivamente la que constituye el domicilio de residencia efectiva, continuada y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
Importe de las ayudas Se concederá una ayuda por vivienda afectada hasta un máximo conforme a la cantidad indicada en el anexo III (entre 420€ y 480€ dependiendo del municipio), que podrá cubrir hasta el 100% de la renta de alquiler, por un período inicial de seis meses que podrá ser prorrogado por dos períodos de tres meses consecutivos.
Plazo Hasta el 30 de octubre de 2019.
Documentación a) Documentación acreditativa de la residencia efectiva en la vivienda afectada.
b) Declaración de conformidad con las bases reguladoras, todo ello mediante la cumplimentación del modelo que se incluye en el anexo II del decreto.
Forma de presentación En el ayuntamiento del término municipal donde se ha producido los daños a la vivienda (principalmente, aunque se puede admitir en otros). Tiene que ser un municipio incluido en el listado de municipios afectados (todos los de la Vega Baja están afectados).

 

Ayudas pendientes por publicar por parte de la Generalitat Valenciana:

  1. Medidas de apoyo a personas que desarrollen una actividad económica (pendiente de publicar).
    • Ayudas a titulares de pequeñas y medianas empresas y a autónomos.
    • Ayudas a comunidades de regantes y otras entidades de riego y a explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas.
  2. Línea de financiación a autónomos y microempresas a través del Instituto Valenciano de Finanzas. (ya publicado y disponible para solicitar).

GOBIERNO CENTRAL (MINISTERIO DEL INTERIOR)

AYUDAS DESTINADAS A PALIAR DAÑOS PERSONALES (RDL 11/2019 y RD 307/2005)

Objeto Supuestos de fallecimiento y de incapacidad causados directamente por los hechos que motivan la declaración de zona catastrófica
Importe de las ayudas 18.0000€.
Información de la ayuda, formularios y condiciones https://www.proteccioncivil.es/ayudas/catastrofe-o-siniestro/lineas/personales/modalidades
Presentación de la documentación En la sede electrónica con firma digital o en la subdelegación del Gobierno hasta el 21 de noviembre de 2019. También se puede entregar la documentación y enviar en cualquier registro de cualquier administración pública.
Forma de presentación En el ayuntamiento del término municipal donde se ha producido los daños a la vivienda (principalmente, aunque se puede admitir). Tiene que ser un municipio incluido en el listado de municipios afectados (todos los de la Vega Baja están afectados).

Descarga el modelo de domiciliación bancaria.
Este formulario es necesario para la tramitación de las ayudas estatales. Debe entregarse cumplimentado, firmado y sellado por el responsable de la entidad financiera.

DAÑOS EN ENSERES Y VIVIENDA (RDL 11/2019 y RDL 307/2005)

Objeto
  • Podrá concederse subvención en los siguientes supuestos:
    En caso de destrucción total de la vivienda habitual, siempre que uno de los miembros de la unidad familiar o de convivencia que residieran en aquélla sea propietario de la misma.
  • Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, con idénticas condiciones a las exigidas en el párrafo anterior.
  • Por daños menos graves que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, siempre que uno de los miembros de la unidad familiar o de convivencia residente en aquélla estuviera obligado legalmente, en virtud de su título jurídico de posesión sobre dicha vivienda, a asumir el coste económico de los daños producidos.
  • Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad que hayan sido afectados en la vivienda habitual por los hechos causantes. A estos efectos, únicamente se consideran como enseres domésticos de primera necesidad los muebles y elementos del equipamiento doméstico básico para cubrir las necesidades esenciales de habitabilidad de la vivienda.
  • Por daños que, impidiendo el normal desarrollo de las actividades domésticas ordinarias con unas mínimas condiciones de habitabilidad, afecten a elementos comunes de uso general pertenecientes a una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal.

A estos efectos, será requisito que ésta tenga contratada póliza de seguro en vigor en el momento de producirse los hechos causantes, y que el daño se hubiera producido por algún riesgo no incluido en el seguro de riesgos extraordinarios o en la cobertura ordinaria de la póliza de seguro.A efectos de estas ayudas, únicamente podrán ser objeto de subvención los daños que hayan sido causados de forma directa y determinante por el hecho catastrófico al que se imputen, debiendo quedar suficientemente acreditada dicha relación de causalidad. Por vivienda habitual se entenderá exclusivamente la que constituye el domicilio de residencia efectiva, continuada y permanente de la unidad familiar o de convivencia.

Importe de las ayudas >> Por destrucción total de la vivienda habitual, se podrá conceder ayuda, según el coste económico valorado de los daños, hasta una cuantía máxima de 15.120 euros.
>> Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, referidos únicamente a las dependencias destinadas a la vida familiar, se concederá una cantidad correspondiente al 50 por ciento de los daños valorados, no pudiendo superar la ayuda la cantidad de 10.320 euros.
>> Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, se concederá una cantidad correspondiente al 50 por ciento de dichos daños según valoración técnica, no pudiendo superar la ayuda la cantidad de 5.160 euros.
>> Por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual que hayan resultado afectados por los hechos causantes de la solicitud, se concederá una cantidad correspondiente al coste de reposición o reparación de los enseres afectados, que no podrá ser en ningún caso superior a 2.580 euros.
>> Por daños en elementos comunes de uso general de una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal, se concederá una cantidad correspondiente al 50 por ciento de dichos daños, según la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros, hasta una cantidad máxima de 9.224 euros (ver Disposición final segunda del RDL 2/2019, de 25 de enero).  
Información de la ayuda y condiciones https://www.proteccioncivil.es/ayudas/catastrofe-o-siniestro/lineas/personales/modalidades
Formulario Descarga el formulario desde este enlace.
Presentación de la documentación En la sede electrónica con firma digital o en la subdelegación del Gobierno hasta el 21 de noviembre de 2019. También se puede entregar la documentación y enviar en cualquier registro de cualquier administración pública.
Forma de presentación En el ayuntamiento del término municipal donde se ha producido los daños a la vivienda (principalmente, aunque se puede admitir). Tiene que ser un municipio incluido en el listado de municipios afectados (todos los de la Vega Baja están afectados).

 

RESTO DE AYUDAS (RDL 11/2019 y RD 307/2005)

  1. Exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en el año 2019 cuando se acredite que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos, o daños en las explotaciones agrícolas y ganaderas que constituyan siniestros cuya cobertura no resulte posible mediante fórmula alguna de aseguramiento público o privado.
  2. Reducción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
  3. Estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) las ayudas excepcionales por daños personales a las que se refiere el artículo 2 (personas físicas y jurídicas afectadas).
  4. Daños a establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios (consultar en el Real Decreto-Ley todas las medidas).
  5. Ayudas por daños causados en producciones agrícolas y ganaderas.
  6. Ayudas a explotaciones agrícolas y ganaderas (consultar en el Real Decreto-Ley todas las medidas).
  7. Medidas laborales y de Seguridad Social (consultar en el Real Decreto Ley todas las medidas).
  8. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias (consultar en el Real Decreto-Ley todas las medidas).

AMPLIACIÓN DEL SEGUNDO PERIODO DE PAGO VOLUNTARIO DE IMPUESTOS HASTA EL PRÓXIMO 5 DE NOVIEMBRE

El Ayuntamiento de Redován ha solicitado a SUMA, organismo tributario dependiente de la Diputación Provincial que tiene delegado el cobro de tributos e ingresos municipales, que amplíe hasta el próximo 5 de noviembre el segundo periodo de pago voluntario. El decreto firmado por la alcaldesa Nely Ruiz supone la adhesión del Consistorio a la medida propuesta por la Diputación tras las inundaciones que han afectado a toda la Vega Baja y en las que Redován ha sido uno de los pueblos que más daños ha registrado.

DECRETO DE ALCALDÍA COMPLETO (SUMA).

NOTA INFORMATIVA DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS (18 DE SEPTIEMBRE DE 2019).

 

 

 

Abierto el plazo de inscripción para la Escuela Municipal de Tenis 2019/2020

La Escuela Municipal de Tenis abre el plazo de inscripción para el curso 2019/2020. Los precios anuales varían en función del número de días de clase: 100€ por un día a la semana, 180€ por dos y 200€ para recibir tres clases semanales.

Familias numerosas, con padres o tutores en situación de desempleo y personas con movilidad reducida superior al 33%, podrán optar a bonificaciones especiales en los precios de hasta una exención total o parcial de la cuota. Los interesados deberán solicitar la carta de pago en el Ayuntamiento de Redován y entregar el siguiente formulario.

Redován corona a las reinas de las fiestas en el inicio de las celebraciones que se prolongarán todo el mes

  • Judith Espinosa es la Reina de la Simpatía, Belén Cascales recibe la corona de Reina de la Juventud y Cristina Martínez se proclama Reina de las Fiestas

Las fiestas patronales en honor a la Virgen de la Salud de Redován comenzaron su andadura el pasado sábado con la elección y coronación de reinas para este año 2019. Cristina Martínez Barberá ya es la Reina de las Fiestas del municipio, mientras que Judith Espinosa Santos y Belén Cascales Manzano fueron elegidas como Reina de la Simpatía y Reina de la Juventud, respectivamente. Además, la lectura del pregón de fiestas, a cargo de Miguel Monera Martínez, puso el broche de oro al acto que tuvo lugar en la Plaza de la Paz, y que supuso el inicio de un completo programa de actividades que se desarrollará hasta el próximo 29 de septiembre.

Tras la exhibición de grama e hilado realizada por la Barraca La Gramaera y las refrescantes actividades relacionadas con el agua que tuvieron lugar a lo largo del domingo, la programación de las festividades continúa esta semana con la apertura de barracas a partir de las 21:00 horas del miércoles 4 de septiembre. El jueves a medio día será cuando la alegría y la música recorrerán las calles de Redován con la Charanga-Tapeo.

La Ofrenda de Flores partirá el viernes 6 de septiembre a las 20:00 horas desde la Plaza Miguel Hernández, tras de la cual tendrá lugar el disparo del Gran Chupinazo desde el balcón del Ayuntamiento a cargo del Festero de Honor, César Vegara Cuadrado, representante de la barraca Los Templarios. A su finalización, tendrá lugar la Retreta hasta la Plaza de la Cruz. El sábado será el día para disfrutar del Desfile General de Peñas, Barracas y Reinas a partir de las 21:00 horas con inicio en la Plaza de la Cruz y Serenata a la Virgen de la Salud en la puerta de la iglesia de San Miguel a las 00:30 horas, con una especial Verbena dedicada a los mayores del municipio en el patio del colegio Sagrados Corazones tras su finalización.

La semana concluirá con el día grande las fiestas, el dedicado a la patrona, la Virgen de la Salud, el domingo 8 de septiembre. La jornada comenzará con una solemne misa en su honor a partir de las 12:00 horas. Por la tarde, a las 20:00 horas, se iniciará la procesión dedicada a la Virgen, con disparo de fuegos artificiales y Gran Verbena en la Plaza de la Paz a su finalización.

Redován da a conocer la programación de sus fiestas de la Virgen de la Salud y San Miguel para 2019

  • El pregón festero, así como la elección y coronación de las reinas, los actos que darán impulso a casi un mes de celebraciones y actividades

El municipio de Redován ha dado el pistoletazo de salida a sus fiestas patronales dedicadas a la Virgen de la Salud y a San Miguel, con el acto de presentación de su libro de fiestas, que este año abre con la ilustración de su portada “una ventana al Redován de la ilusión”, tal y como indica su autor, que prefiere mantener el anonimato, como ha explicado la alcaldesa del municipio, Nely Ruiz. El libro festero reúne los acontecimientos más importantes del último año en el municipio, así como historias, costumbres, anécdotas y relatos aportados por los vecinos y vecinas.

Nely Ruiz ha agradecido a los responsables de la Concejalía de Fiestas el trabajo realizado para la preparación de las fiestas, las primeras como alcaldesa, que “que cada año superan a las anteriores”, al proponerse “dejar en la mente de los redovaneneses un recuerdo entrañable y especial”. La alcaldesa ha hecho hincapié en el peso tan importante que las fiestas patronales tienen en el municipio, invitando “a todos los pueblos de la comarca para que acudan a Redován y pasen con nosotros estos días de celebración, convivencia y tradición”.

Así mismo, y como en años anteriores, se han destacado las diversas campañas dirigidas a evitar situaciones de abuso del alcohol, acoso o actitudes machistas, e instar a la limpieza de espacios públicos durante las celebraciones. La campaña “Con talento” anima a los vecinos y vecinas a disfrutar de las fiestas con responsabilidad y “sin pasarse” con la bebida, mientras que la campaña “No tienes mi permiso” llevará a las calles la concienciación en el respeto frente a los episodios de acoso o violencia machista, y lo hará de la mano de los voluntarios y voluntarias que portarán un brazalete naranja y que prestarán ayuda a todo aquel que la necesite.

De igual manera, la alcaldesa ha presentado “Mola tu gesto, mola tu acción”, campaña que tiene la finalidad de mantener limpio Redován durante las festividades.

Actividades para todos los públicos

Las celebraciones comenzarán el último sábado de agosto a partir de las 19:30 horas, con la elección y coronación de las reinas del presente año, la recepción de autoridades y representantes festeros, y el pregón de fiestas a cargo de Miguel Mora Martínez, con una gran verbena para culminar el día. Por la mañana del día 1 de septiembre podremos apreciar, en el patio del colegio Sagrados Corazones, de la tradicional exhibición de grama e hilado a cargo de la Barraca La Gramaera, seguido de una de las principales novedades de este año como es el “Día del agua”, con una fiesta de la espuma en la plaza Miguel Hernández.

Tras la apertura de barracas la noche del 4 de septiembre, las celebraciones continuarán el jueves 5 por la mañana con la charanga-tapeo y la orquesta “Los Feos”, que saliendo desde la plaza del Ayuntamiento, trasladarán la alegría festera por los bares y cafeterías de Redován. A las 22:00 horas tendrá lugar la serenata a la Virgen de la Salud, en la puerta de la iglesia. El viernes 6 de septiembre será cuando barracas, peñas, cofradías y asociaciones, acompañados de autoridades y cargos festeros, desfilarán por las calles de Redován en la ofrenda de flores, que tendrá su salida a las 20:00 horas desde la Plaza Miguel Hernández. Tras su finalización, desde el balcón del Ayuntamiento se llevará a cabo el disparo de “El chupinazo”, a cargo de César Vegara Cuadrado, festero de honor y representante de la barraca “Los Templarios”.

El Desfile General de Peñas, Barracas y Reinas tendrá lugar el sábado 7 de septiembre a partir de las 21:00 horas, seguida de una verbena con orquesta en el patio del colegio Sagrados Corazones y dedicada a los mayores del municipio para finalizar el día. Por su parte, el sábado 8 de septiembre, día grande de Redován, tendrá lugar un acto religioso en honor a la Virgen de la Salud a partir de las 12:00 horas en la plaza Miguel Hernández, tras el cual podremos disfrutar de una gran mascletá, así como de la procesión dedicada a la patrona, que tendrá lugar por la tarde.

Continuando con la programación, las noches del 11 y 12 de septiembre vuelven las tardes de vaquilla “Sálvame” a Redován, en el recinto taurino y a partir de las 20:00 horas. La música de todas las épocas será la protagonista el 13 de septiembre con la fiesta remember “Redován baila 1.0”, a las 22.00 horas en el patio del colegio Sagrados Corazones. Así mismo, la tradicional Fiesta Blanca será en la plaza Miguel Hernández el sábado 14, con la actuación del grupo Ciudad Canalla, mientras que al día siguiente, a partir de las 9:00 horas, tendrá lugar la XVI edición del encuentro de motos clásicas “Villa de Redován”, en la zona deportiva Los Pasos, y donde desde las 11.30 horas podremos disfrutar de una exposición de fotografía. El día culminará dedicado a los más pequeños con el teatro infantil en valenciano “La isla del tesoro”.

Así mismo, el viernes 20 de septiembre, a las 20:00 horas y en la plaza Francisco Ferrer, se llevará a cabo una batalla de rap improvisado con 32 participantes, y que encantará a los amantes de este estilo de música. Será en la siguiente jornada, sábado 21 de septiembre, cuando tendrá lugar el Desfile Multicolor, que discurrirá desde la plaza de la Cruz hasta la plaza Francisco Ferrer, concluyendo con la actuación del grupo “Patrulla 66” en la plaza de la Paz.

El domingo 22, los más pequeños tendrán la oportunidad de disfrutar de juegos infantiles y una exhibición de judo en esta misma localización, mientras que en la jornada del viernes 27, en la plaza Miguel Hernández, escucharemos el concierto de bandas sonoras, en honor a San Miguel. De igual manera, y sin abandonar la temática cinematográfica, el sábado 28 todos los redovanenses podrán disfrutar a partir de las 22:00 horas del musical “Mamma mía” en la plaza de la Paz.

El último día de fiestas, y finalizando la programación, tendrá lugar a las 12:00 horas de la misa dedicada a San Miguel, cantada por el coro Manos Unidas, culminando con la procesión y una gran alborada en honor al patrón de Redován.

Redován Programa de Fiestas 2019

Abierto el plazo para presentar obras a la II edición del Concurso Nacional de Pasodobles ‘Villa de Redován’

 

Los premios, de hasta 1.500 euros, se decidirán en un concierto previsto para el próximo 30 de noviembre en la Casa de la Música Antonio Ibáñez Serrano

Redován 2/8/2019. La concejala de Cultura del Ayuntamiento de Redován, Clara Ezcurra, ha anunciado que ya se encuentra abierta la convocatoria del Concurso Nacional de Pasodobles ‘Villa de Redován’, que este año celebra su segunda edición, y cuyas bases fueron aprobadas en Junta de Gobierno Local el pasado viernes.

Hasta el día 30 de septiembre a las dos de la tarde, todos aquellos compositores nacionales y extranjeros que residan en España podrán enviar sus composiciones originales e inéditas en la modalidad de concierto. Un jurado de tres miembros de reconocido prestigio en el mundo de la música será el encargado de elegir las cuatro piezas finalistas. La Unión Musical de Redován, también organizadora del concurso, será la encargada de interpretar las composiciones que lleguen a la final en un concierto especial que tendrá lugar el 30 de noviembre en la Casa de la Música Antonio Ibáñez Serrano. Momento en el cual se determinará la obra ganadora. 

Los premios en metálico ascienden a 1.500 euros en total, siendo de 1.000 euros y diploma acreditativo para el primer premio, cuya pieza recibirá el nombre que decida la Unión Musical de Redován, y de 500 euros y diploma para el segundo. El tercer y cuarto premio obtendrán distinciones nominativas. Además, los componentes de la Unión Musical de Redován otorgarán a uno de los pasodobles una mención especial mediante votación, que podrá coincidir o no con la decisión del jurado especializado.  

Las bases con los requisitos a cumplir se encuentran disponibles en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Redován. Cualquier duda o solicitud de información podrá ser referida mediante email a clara.ezcurra@redovan.es, o en el teléfono 635 59 30 22.